Preguntas Frecuentes Asistencia de Desempleo por Desastre

Posted on: September 7, 2021
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Administrada por la Comisión de la Fuerza Laboral de Luisiana

¿Qué es la Asistencia de Desempleo por Desastre?

El programa de Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA  en Ingles) brinda asistencia a personas que han perdido su empleo o su empleo se interrumpió como resultado por un desastre mayor declarado por el Presidente de los Estados Unidos. 25 parroquias de Luisiana califican para la asistencia de DUA como resultado del huracán Ida que ocurrió el 26 de agosto de 2021 y la destrucción que continua.

¿Quién es elegible para DUA?

DUA está disponible para trabajadores desempleados o personas que trabajan por cuenta propia que se quedaron sin empleo como resultado directo del desastre. Típicamente, las personas que trabajan por cuenta propia no califican para recibir beneficios del seguro de desempleo estatal pero si pueden calificar para la asistencia de DUA.

Si ya está recibiendo beneficios del seguro de desempleo estatal debido a COVID-19, no es necesario que solicite DUA y debe continuar presentando sus certificaciones semanales.

Si ya estaba desempleado y no perdió su trabajo como resultado del desastre, no solicite DUA. DUA también está disponible para aquellas personas que se convirtieron en el sostén de la familia, o proveedor principal de apoyo, debido a la muerte del sostén de la familia por resultado directo del desastre.

¿Cuándo puedo hacer mi reclamo para la asistencia de DUA?

Octubre 2 del 2021 es el último día para hacer un reclamo para la asistencia de DUA por razones del Huracán Ida en las parroquias de Ascensión, Asunción, East Baton Rouge, East Feliciana, Iberia, Iberville, Jefferson, Lafourche, Livingston, Orleans, Plaquemines, Pointe Coupee, St. Bernard, St. Charles, St. Helena, St. James, St. John the Baptist, St. Martin, St. Mary, St. Tammany, Tangipahoa, Terrebonne, Washington, West Baton Rouge,  y West Feliciana.

¿Cómo puedo hacer un reclamo para la asistencia de DUA?

En este momento, las reclamaciones SOLO se pueden completar electrónicamente por la página de www.laworks.net. Se requiere prueba de que usted fue empleado durante el desastre. Esta prueba se requiere dentro 21 días de la fecha que usted aplique para la asistencia de DUA. Se proporcionarán instrucciones para presentar esta documentación requerida. También se solicita su declaración de impuestos (Formulario Federal 1040 y anexos) u otra prueba de empleo (por ejemplo, el Formulario 1099) y los salarios que ganó en el año calendario 2020.

¿Cuánta ayuda puedo esperar recibir?

Las personas elegibles para la asistencia DUA recibirán beneficios semanales de acuerdo con las regulaciones federales y estatales. La duración del beneficio DUA se determina semanalmente hasta 27 semanas. Actualmente, el aumento máximo para esta asistencia son $ 247 cada semana para el estado de Luisiana. Su aumento es basado en los ingresos o netos del individuo si trabaja por cuenta propia para el año fiscal más reciente. El aumento mínimo para esta asistencia de DUA son $ 93 cada semana.

¿Cuánto tiempo pasara antes de recibir mis beneficios?

Los beneficios de DUA se pagarán tan pronto como sea administrativamente posible. En general, los beneficios se mantienen hasta el momento en que se proporciona suficiente evidencia de empleo, y se determina que el desempleo fue un resultado directo del desastre. Cada reclamación debe ser revisada caso por caso. Continúe presentando sus reclamos semanales mientras que esté desempleado por razones del Huracán Ida.

Nuestro objetivo es garantizar que se haga una determinación lo más rápido posible. Por lo general, en Luisiana, las solicitudes de desempleo vienen con lo que se llama una "semana de espera". Esto significa que no se pagan beneficios durante la primera semana que solicita el desempleo. Cuando las personas hacen un reclamo por un desastre y son aprobadas para DUA, no habrá una "semana de espera". Queremos que las personas obtengan sus beneficios lo antes posible.

Cosas a tener en cuenta al presentar un reclamo para asistencia de DUA:

Los beneficios regulares del Seguro de Desempleo (UI en Ingles) reemplazan los beneficios que se requieren con la asistencia de DUA – Cualquier persona elegible para los beneficios regulares del seguro de desempleo, incluso en el momento de un desastre, no será elegible para DUA.

Los reclamos fraudulentos serán procesados, incluyendo tiempo en la cárcel: Usted debe informar la agencia sobre todas sus ganancias cuando usted empieza a trabajar otra vez, no en el tiempo que usted recibe sus ganancias. Razones de separación por denuncias falsas o falsa información de su último empleador también puede considerarse fraudulenta.

Debe informar todas sus ganancias semanalmente: si su empleador le paga durante su ausencia del trabajo o si usted regresa al trabajo, debe informar estas ganancias en su reclamo semanal de pago. El pago de vacaciones también debe informarse en su reclamo semanal de pago para la asistencia de DUA.

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